SRI publicó el catastro de negocios y emprendimientos que estarán sujetos al Rimpe

Guayaquil, 29 de Julio del 2021 Gran Guayaquil: En la cuadra del emprendimiento en Bastión Popular. Foto: José Beltrán Foto: El Universo


La entidad tributaria emitió la norma que da las condiciones de aplicación del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).

El Servicio de Rentas Internas (SRI) publicó el catastro de emprendimientos y negocios populares sujetos a la aplicación del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe), incluidos los negocios populares.

Dentro de la página institucional se detalló que son 143.919 emprendimientos y 645.887 negocios populares que se sujetarán al nuevo régimen. Es decir, 789.806 contribuyentes.

Para armar el listado referencial, el SRI tomó como referencia la información de ingresos brutos anuales superiores a $ 0 y hasta $ 300.000 al 31 de diciembre del año anterior. Así lo detalló a través de la Resolución NAC-DGERCGC21-00000060, en la que se reglamenta la aplicación del nuevo régimen.

El Rimpe es el nuevo régimen, que se estableció en la Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, que se aplicará a negocios y emprendimientos con ingresos desde $ 0 hasta $ 300.000. Estos, a su vez, se dividen en dos segmentos, los de $ 0 a $ 20.000 entran en la categoría de negocios populares, mientras que los de $ 20.001 a $ 300.000 son emprendimientos.

Hay 11 actividades excluidas del régimen, entre las que figuran las agropecuarias, comercializadoras de combustible, rentas de capital y transporte.

Otro detalle, incluido en la resolución del SRI, es que las instituciones privadas sin fines de lucro se sujetarán al Rimpe para acogerse a la presentación de declaraciones semestrales y las demás normas relativas a la simplificación de obligaciones tributarias.

Fuente: El Universo.

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